Gestión de Trámites ante SEMARNAT

Realizar estos procedimientos asegura que las actividades humanas, especialmente las relacionadas con el desarrollo industrial, urbano o de infraestructura, consideren la preservación de los recursos naturales y la biodiversidad. Además, promueve la transparencia y la responsabilidad social al integrar mecanismos de consulta pública que permiten la participación ciudadana en la toma de decisiones

El cumplimiento adecuado de estas gestiones no solo minimiza riesgos legales y sanciones para las empresas, sino que también fortalece su imagen pública al demostrar su compromiso con la conservación ambiental. Por ello, la correcta tramitación y seguimiento ante SEMARNAT no debe verse como un obstáculo, sino como una oportunidad para generar un impacto positivo y garantizar un desarrollo equilibrado y sostenible en armonía con el medio ambiente

Elaboración de Manifestaciones de Impacto Ambiental

Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) particular es un documento con base en estudios técnicos con el que las personas (físicas o morales) que desean realizar alguna(s) obra(s) o actividad (es), analizan y describen las condiciones ambientales previas a la realización del proyecto con la finalidad de evaluar los impactos potenciales que la construcción y operación de dichas obras o la realización de las actividades que pudieran causar al ambiente, definen y proponen las medidas necesarias para prevenir, mitigar y/o compensar los impactos ambientales generados por el proyecto

Los proyectos que pueden ser necesarios la presentación de la MIA pueden ser las actividades u obras en zona federal (inmediaciones a ríos, lagos o playas), la apertura de un camino, el Cambio de Uso de Suelo y Vegetación de terrenos Forestales, construcción de una Planta o Parque Industrial, actividades u obras dentro de un Área Natural Protegida de Competencia de Federa, en otros tipos de proyectos

Exenciones de la Presentación de la Manifestación de Impacto Ambiental

El trámite consiste en el requerimiento de ampliaciones, modificaciones, sustitución de infraestructura, rehabilitación y el mantenimiento de instalaciones relacionadas con las obras y/o actividades donde se demuestra que su ejecución no causará desequilibrios ecológicos en atención a la preservación y restauración de los ecosistemas

Los proyectos que podrían presentar la solicitud de Exención de la presentación de la MIA pueden ser proyectos en los cuales las actividades u obras no representen un aumento en el desequilibrio ecológico en el ecosistema del sitio del proyecto, por lo que pueden ser la modernización de un camino federal por un cambio de categoría del tipo de camino, el cambio de un puente en el mismo sitio donde se encuentra el anterior.

Requerimiento de la no presentación de la Manifestación de Impacto Ambiental

Oficio en el cual la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) menciona que por las características particulares del desarrollo de ciertos proyectos, no es requerido la presentación o ingreso de un tramite ante dicha dependencia

Ejemplos de proyectos podrían ser líneas de conducción de agua potable, redes de drenaje o alcantarillado, construcciones de infraestructura que no requiere el Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales (CUST)